Como es de vuestro conocimiento, hace ya un tiempo venimos reclamando a la Empresa la regularización del cálculo de la octava hora según lo establece nuestro Convenio Colectivo de Trabajo 264/95.
En este reclamo reafirmamos la postura de que la normativa convencional expresamente establece que ese plazo trabajado por sobre las siete horas estipuladas de la jornada laboral, debe abonarse teniendo en consideración todos los conceptos que integren el salario.
Sin embargo, la empresa en cuestión venía abonándola sin tener en cuenta la totalidad de los ítems remuneratorios, alejándose con esto de lo que manda dicha norma convencional y su correcta interpretación.
Es así que en el día de hoy hemos firmado un acuerdo en el Ministerio de Trabajo de la Nación en donde, en vistas a la situación planteada y allanándose a nuestro reclamo, la empresa informa que comenzó, desde el 1° de Febrero del 2010, a incorporar a la base del cálculo todos los conceptos que poseen la condición de remuneratorio, lográndose con ello un mayor salario.
Debe tenerse en cuenta también que cada hora trabajada de más por sobre esa jornada deberá calcularse como una hora extraordinaria y para este propósito, deberá también tomarse como base de cálculo todos los conceptos remuneratorios que integren el haber salarial.
Por otro lado, y en el mismo orden del reclamo, hemos planteado a la empresa la necesidad de un reconocimiento económico que se compadezca con los ítems salariales que se han dejado de percibir por el concepto reclamado. Es así que, con la buena predisposición por parte de los empleadores, hemos consensuado en el mismo acuerdo que cada trabajador perciba una gratificación no remunerativa y extraordinaria reconociendo lo adeudado en base a la antigüedad de cada trabajador en la compañía y que se percibirá junto a los salarios del mes de Julio de 2010.
Compañeros, la fuerza solidaria de los trabajadores canalizada a través de la acción gremial de nuestros dirigentes ha permitido corregir situaciones que son incompatibles con las normas protectorias de los empleados y con ello recuperar derechos y beneficios que le son propios. Esta reafirmación de la dignidad de los trabajadores de Orbis Seguros también debe verse reflejada en una mayor afiliación como expresión de compromiso con un Gremio que está al servicio de sus afiliados.
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