Productores Asesores de Seguros
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Capacitación continuada para productores matriculados y cursos preparatorios para aspirantes
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN CONTINUADA
Resoluciones de la SSN N° 25.475, 25.811, 29.160, 30.412, 30.792, 31.573, 32.709, 33.683 y 34.664
Los Productores Asesores de Seguros deben cumplir, antes del 31 de Diciembre de 2010, con 3 módulos del Prorgama de Capacitación Continuada. Dos de ellos con temática pautada por la S.S.N. ("La Responsabilidad Civil del Asegurado y Como Cubrirla" y "El Productor Asesor de Seguros y los Riesgos de Trabajo") y un tercer módulo de temática libre (referencial).


AGOSTO
09
El Productor Asesor de Seguros y los Riesgos de Trabajo - PAUTADO 2010 -
Horario: de 16:30 hs. a 18:30 hs.
Expositora:
Mónica Regner
Cierre de inscripción:
06/08/10
AGOSTO
09
La Responsabilidad Civil del Asegurado y Como Cubrirla - PAUTADO 2010 -
Horario: de 19:00 hs. a 21:00 hs.
Expositora:
Patricia Cannatelli
Cierre de inscripción:
06/08/10
AGOSTO
20
Incendio *
Horario: de 18:00 hs. a 20:00 hs.
Expositor:
Daniel Oliva
Cierre de inscripción:
19/08/10

 * Estos módulos podrán ser tomados como referenciales para años 09/08/07/06/05

 
ARANCELES
Módulo Pautado 2010 $ 60.-
Módulo Referencial 2010 $ 60.-
* Referenciales para años 09/08/07/06/05 $ 75.-
Oyentes $ 45.-
Bajar Solicitud de Inscripción
Se solicita puntualidad en el horario fijado para el inicio de cada módulo
a fin de evitar inconvenientes. Se podrán considerar 10 minutos de tolerancia.
Sr./a. Productor/a:
De acuerdo a lo indicado en el Art. 36 del actual Manual de Procedimiento del Ente Cooperador Ley 22400, el Productor Asesor de Seguros deberá indicar en la planilla de asistencia el año de acreditación del curso a realizarse, como así también la firma de ingreso y egreso.
MUY IMPORTANTE: De acuerdo con el Art. 48° del Manual de Procedimientos que rige las actividades académicas y administrativas del Programa de Capacitación Continuada de la SSN, "Los Productores Asesores de Seguros que cumplan sesenta y seis años antes del 31 de diciembre de cada año y los mayores de esa edad, quedarán exentos de la obligatoriedad de asistir a los cursos del Programa de Capacitación Continuada. La acreditación se realizará de modo automático. El Productor no deberá cumplimentar procedimientos administrativos al respecto.".